Consultoría y desarrollo de nuevos instrumentos financieros para el mercado cubano: fondos de inversión, leasing, factoring, seguros de depósito y derivados básicos.
La Transformación 92 autoriza explícitamente el diseño de nuevos productos financieros con apoyo de la innovación, en un sistema donde hasta ahora solo existían dos aseguradoras estatales (ESEN y ESICUBA) y ningún mercado de instrumentos como leasing, factoring o derivados. La Transformación 88 (actualización de tasas de interés y bonos soberanos) y la Transformación 91 (nuevas plataformas financieras, mercado de valores y depositario central) crean simultáneamente la infraestructura de precios y de negociación que un diseñador de productos financieros necesita para que esos instrumentos tengan sentido económico. Es la primera vez que el marco regulatorio cubano abre la puerta, a nivel de política declarada, a instrumentos financieros que no formaban parte del sistema bancario tradicional del país.
No se encontró evidencia de una oferta cubana existente de leasing, factoring o derivados financieros: el sistema asegurador se limita a ESEN y ESICUBA, esta última centrada en seguros comerciales, marítimos y de crédito para el sector empresarial, sin productos de innovación financiera del tipo que describe la Transformación 92. La Financiera de Microcréditos S.A., creada en 2021 por el BCC, es el antecedente más cercano de 'nuevo producto financiero' para actores no estatales, pero se limita a microcréditos con tasas de hasta 6,5% anual en MLC, sin instrumentos de leasing o factoring propiamente dichos.
Aseguradora estatal cubana del sector empresarial, con seguros marítimos, de crédito y garantía; no ofrece leasing, factoring ni derivados financieros según su portafolio público.
Entidad financiera estatal creada por el BCC en 2021 para otorgar microcréditos en CUP y MLC a mipymes, cooperativas y trabajadores privados; es el antecedente más cercano de producto financiero nuevo, pero limitado a crédito, no a otros instrumentos.
El comprador directo es la banca estatal y las nuevas instituciones financieras (banca privada, si se concreta la Transformación 84) que necesitan diseñar productos que hoy no existen en Cuba; el usuario final son las mipymes y empresas privadas que requieren instrumentos de financiamiento de activos (leasing), liquidez de cartera (factoring) o cobertura de riesgo, y que hoy dependen casi exclusivamente del crédito bancario tradicional o de la Financiera de Microcréditos S.A. Es un mercado de consultoría especializada, de ticket por proyecto/contrato, con muy pocos clientes potenciales (los bancos y aseguradoras estatales) pero una necesidad de diseño técnico que estas instituciones no han desarrollado internamente hasta ahora.
Consultoría de diseño de producto financiero por contrato con bancos, aseguradoras o la banca privada emergente: honorarios por el diseño técnico-actuarial y regulatorio de cada instrumento (estructura de leasing, mecánica de factoring, condiciones de un seguro de depósito), más un componente recurrente de asesoría en la implementación y ajuste del producto una vez lanzado al mercado. No es un negocio de volumen sino de proyectos de alto valor unitario con muy pocos clientes posibles.
Perfil de finanzas estructuradas o banca de inversión con conocimiento específico del marco legal cubano (contable, fiscal, bancario), capaz de traducir instrumentos financieros estándar internacionalmente a la lógica regulatoria y monetaria cubana (múltiples tipos de cambio, escasez de divisas, ausencia de buró de crédito). Muy útil la experiencia previa trabajando con o para el Banco Central de Cuba, el Ministerio de Finanzas y Precios, o alguna de las dos aseguradoras estatales, dado que el acceso a estos clientes depende de relaciones institucionales, no de venta abierta de mercado.
El diseño y la comercialización de cualquier producto financiero o de seguros en Cuba requiere autorización previa del Banco Central de Cuba como autoridad monetaria y de supervisión financiera, y en el caso de instrumentos de seguros, sujeción al marco regulatorio del sector asegurador estatal. No existe hoy un procedimiento público específico para 'nuevos productos financieros con innovación' más allá del mandato general de la Transformación 92; su implementación dependerá de resoluciones del BCC aún no emitidas al momento de esta investigación (agosto 2026).
El riesgo principal es regulatorio y de inexistencia de mercado secundario: la Transformación 92 es una declaración de intención sin resoluciones específicas todavía publicadas que habiliten leasing, factoring o derivados como figuras jurídicas operables, por lo que cualquier diseño de producto puede quedar sin marco legal donde aplicarse durante un período indefinido. A esto se suma la inestabilidad monetaria estructural del país —el dólar oficial cotizaba en torno a 624 CUP y el informal cerca de 664 CUP a mediados de agosto de 2026, con una brecha cambiaria persistente— que hace extremadamente difícil poner precio o valorar el riesgo de cualquier instrumento financiero denominado en CUP a mediano plazo. No hay garantía de que estas figuras se implementen en un plazo determinado ni de que generen ingresos estables.
Esta oportunidad surge de la Transformación 92: Nuevos productos y servicios financieros con innovación, dentro del Eje 11: Transformaciones y modernización del sistema bancario y financiero.
Diseñar nuevos productos y servicios de calidad para cada uno de los sectores, con apoyo de la innovación financiera.