Adquisición de licencias y master franchises de marcas cubanas reconocidas mundialmente (Habanos, Havana Club, Buena Vista) para su comercialización en mercados internacionales.
La venta de marcas y patentes cubanas en mercados internacionales abre acceso a marcas icónicas del ron, tabaco y cultura con reconocimiento global.
El licenciamiento internacional de marcas cubanas no es un mercado nuevo: las dos marcas más reconocibles ya operan hace más de tres décadas bajo joint ventures internacionales que preceden a la Transformación 130. Habanos S.A. es la comercializadora mundial de los puros cubanos, una empresa mixta 50/50 entre el estatal Tabacuba y un socio extranjero —Altadis, después absorbida por el británico Imperial Brands, tuvo esa mitad entre los años 1990 y 2020, cuando la vendió a Allied Cigar Corporation, con sede en Hong Kong—; Habanos S.A. distribuye 27 marcas en más de 130 países. Havana Club International S.A., formada en 1993 entre la estatal Cuba Ron S.A. y el grupo francés Pernod Ricard, comercializa el ron Havana Club en decenas de mercados, pero permanece bloqueada del mercado estadounidense —el mayor del mundo para el ron— por el embargo y por una disputa de marca de más de 25 años con Bacardí: en junio de 2026 un tribunal federal de apelaciones de EE.UU. volvió a fallar a favor de Cubaexport en ese litigio, aunque el caso sigue abierto. Otras marcas cubanas con reconocimiento —las cervezas Cristal y Bucanero, la cosmética Suchel— no tienen, según la evidencia pública disponible, acuerdos de licenciamiento internacional formal comparables. Un caso aparte y relevante para evitar confusiones: 'Buena Vista Social Club', citada con frecuencia junto a Habanos y Havana Club como marca cubana icónica, es en realidad una marca registrada por el sello discográfico británico World Circuit Limited (hoy propiedad de BMG) desde 1999 —no un activo de titularidad del Estado cubano—, lo que la excluye del alcance real de la Transformación 130. La OCPI (Oficina Cubana de la Propiedad Industrial) es la entidad que gestiona el registro nacional de marcas y patentes en Cuba, y permite presentar solicitudes internacionales vía el Sistema de Madrid (marcas) y el PCT (patentes) una vez registrado el activo a nivel nacional.
Empresa mixta 50/50 entre el estatal Tabacuba y Allied Cigar Corporation (desde 2020); comercializa 27 marcas de puros cubanos en más de 130 países. Titular exclusivo de la comercialización internacional del tabaco cubano.
Joint venture desde 1993 entre Cuba Ron S.A. y el grupo francés Pernod Ricard; comercializa Havana Club internacionalmente, bloqueada del mercado de EE.UU. por el embargo y una disputa de marca con Bacardí.
Empresa estatal cubana (capital 100% cubano) titular de las marcas de ron —incluida Havana Club— que aporta a la joint venture con Pernod Ricard.
B2B institucional y de escala reducida: el universo de marcas cubanas con reconocimiento internacional genuino y demanda comercial real es pequeño, y las más valiosas —Habanos (tabaco) y Havana Club (ron)— ya operan mediante joint ventures internacionales de más de 30 años, no como licencias sueltas disponibles para un comprador nuevo. El interés real se concentra en dos frentes distintos: (1) fondos o empresas extranjeras que buscan negociar con los socios ya establecidos —Allied Cigar Corporation para Habanos, Pernod Ricard para Havana Club— extensiones de marca, nuevas categorías o nuevos territorios; y (2) marcas cubanas de segundo nivel (Cristal, Bucanero, Suchel) sin acuerdo internacional documentado hoy, donde en teoría sí podría negociarse una licencia o master franchise desde cero, sin garantía de que tengan demanda comercial fuera de Cuba.
No hay margen para 'comprar una licencia' genérica de Habanos o Havana Club: esas marcas ya están comprometidas en joint ventures exclusivas con socios extranjeros específicos, y cualquier operación tendría que negociarse con esos socios (Allied Cigar Corporation, Pernod Ricard), no directamente con el Estado cubano como comprador nuevo. Los modelos de negocio realmente disponibles son más estrechos: (1) negociar con una institución cubana titular una licencia o master franchise de una marca de segundo nivel sin acuerdo internacional vigente (Cristal, Bucanero, Suchel), asumiendo el riesgo de que su reconocimiento fuera de Cuba sea limitado; (2) negociar con los socios ya establecidos extensiones de marca en categorías nuevas (merchandising, hospitalidad, bebidas listas para consumir) que aprovechen el reconocimiento de Habanos o Havana Club sin competir con el núcleo del negocio existente; (3) tomar una posición de intermediario o estructurador de la operación de venta o licencia —preparación del expediente ante OCPI, valoración del activo, búsqueda de comprador— cobrando honorarios en vez de asumir la posición de comprador final, el modelo que en realidad describe la ficha hermana OPP-125, orientada a servicios y no a adquisición directa.
Fondo, multinacional de bienes de consumo o family office con experiencia previa en licenciamiento internacional de marcas y capacidad legal para negociar simultáneamente con una institución estatal cubana y, cuando aplique, con el socio extranjero que ya controla la marca (Pernod Ricard, Allied Cigar Corporation). Es un perfil de capital y relación institucional, no de ejecución individual: negociar con Tabacuba, Cuba Ron S.A. o la entidad titular correspondiente requiere respaldo legal y financiero serio, probablemente años de relación antes de cerrar un acuerdo. Dado el riesgo del embargo (ver riesgo principal), el perfil con menos fricción legal es el de una entidad de un país tercero sin exposición a la jurisdicción de EE.UU. —europea, latinoamericana o asiática— más que una empresa estadounidense.
La Transformación 130 exige 'previa autorización' para que las instituciones cubanas vendan marcas y patentes en el mercado internacional, una capa de aprobación administrativa cuyo procedimiento específico no se identificó publicado en Gaceta Oficial a agosto de 2026. El registro de base sigue pasando por la OCPI: una marca debe registrarse primero a nivel nacional en Cuba antes de poder extenderse internacionalmente vía el Sistema de Madrid (marcas) o el PCT (patentes), procesos que pueden tomar hasta 12 meses y cuya concesión final depende de cada oficina nacional de destino, no de Cuba. Para cualquier operación que toque el mercado de Estados Unidos existe además una capa adicional específica del embargo: la 'No Stolen Trademarks Honored in America Act' (firmada en diciembre de 2024 y conocida en Cuba como 'Ley Bacardí') instruye a agencias del Ejecutivo de EE.UU. —no solo a los tribunales— a no reconocer ni validar derechos sobre marcas vinculadas a activos confiscados por el gobierno cubano, endureciendo un marco que ya venía de la Sección 211 de la Ley Ómnibus de Apropiaciones de 1998.
Este es uno de los riesgos legales más altos del catálogo, no uno cosmético. Primero, el riesgo de incumbencia: las dos marcas cubanas con verdadero reconocimiento internacional —Habanos y Havana Club— ya están comprometidas en joint ventures exclusivas de más de 30 años con socios extranjeros específicos (Allied Cigar Corporation y Pernod Ricard); no son licencias disponibles para un comprador nuevo, y cualquier entrante tendría que negociar con esos socios, no con Cuba directamente. Segundo, el riesgo del embargo estadounidense es real, activo y documentado: Havana Club lleva más de 25 años bloqueada del mercado de EE.UU. por una disputa de marca con Bacardí que en junio de 2026 Cubaexport volvió a ganar en apelación, pero que sigue en litigio, y que en diciembre de 2024 se endureció con la 'Ley Bacardí' (No Stolen Trademarks Honored in America Act), que instruye a agencias del Ejecutivo de EE.UU. a no reconocer marcas cubanas ligadas a activos confiscados. Cualquier estructura de licenciamiento que toque el mercado estadounidense —el más grande del mundo en casi cualquier categoría de consumo— hereda ese mismo riesgo. Tercero, un riesgo de verificación básico: 'Buena Vista Social Club', mencionada habitualmente junto a Habanos y Havana Club como marca cubana icónica, es en realidad una marca registrada por el sello discográfico británico World Circuit Limited (hoy de BMG) desde 1999, no un activo del Estado cubano disponible bajo la Transformación 130 —una confusión común que cualquier inversor debe descartar antes de evaluar esta oportunidad—. Y cuarto, el universo de marcas cubanas de segundo nivel con demanda internacional genuina y verificable (más allá de ron y tabaco) es, según la evidencia disponible, reducido y no está cuantificado públicamente; apostar a que Cristal, Bucanero o Suchel tengan valor de licenciamiento internacional es una hipótesis, no un hecho confirmado.
Esta oportunidad surge de la Transformación 130: Venta de marcas y patentes cubanas en el mercado internacional, dentro del Eje 15: Transformaciones en el comercio exterior.
Aprobar que las instituciones puedan vender marcas y patentes en el mercado internacional, previa autorización.