Concesión mediante licitación de la gestión de parques recreativos, zoológicos, acuarios y áreas protegidas en Cuba para operadores privados y extranjeros.
La licitación de parques recreativos y áreas protegidas crea un mercado de concesiones de entretenimiento y ecoturismo en Cuba.
Los activos que se están licitando hoy son administrados por la Empresa Nacional para la Protección de la Flora y la Fauna, parte del Grupo Empresarial Flora y Fauna del Ministerio de la Agricultura, que gestiona 77 áreas protegidas (más de 1.2 millones de hectáreas) y la red de zoológicos del país, incluyendo el Zoológico Nacional de 340 hectáreas. La Transformación 154 no privatiza estos activos sino que habilita su licitación a empresas estatales, extranjeras, privadas y cooperativas bajo condiciones que fija el Estado, incluyendo porcentajes de venta en pesos y en divisas.
B2C/B2B de concesión: el mercado no es la venta al público final directamente sino ganar la licitación estatal para operar un activo específico (un parque, zoológico o área protegida) y luego monetizarlo con entradas, alojamiento asociado y servicios turísticos dentro del área concesionada.
Modelo de concesión, no de propiedad: se opera el activo bajo contrato con el Estado, compartiendo un porcentaje de ventas (en pesos y en divisas) fijado en las condiciones de la licitación. Los ingresos vienen de entradas, servicios asociados (alojamiento, restauración, excursiones) y, potencialmente, patrocinios o alianzas con operadores turísticos.
Operador turístico o hotelero con capital disponible para inversión en infraestructura del sitio concesionado y capacidad demostrable de cumplir estándares de gestión ambiental — dado el escrutinio público sobre estos proyectos (ver riesgo principal), la credibilidad ambiental del operador pesa en el proceso de licitación.
Hay controversia pública activa y documentada sobre esta medida: medios como Diario de Cuba y Martí Noticias han reportado preocupación de especialistas y ambientalistas por la falta de estudios de capacidad de carga, zonificación y monitoreo ambiental permanente antes de abrir estas áreas a explotación turística privada, con riesgo de fragmentación de hábitats y alteración de ecosistemas únicos. Además, el proceso de licitación es nuevo: todavía no hay un histórico de cómo se evalúan las ofertas ni qué tan predecible es el resultado, y existe riesgo reputacional real para cualquier operador que sea percibido como explotando un área protegida sensible sin garantías ambientales sólidas.
Esta oportunidad surge de la Transformación 154: Licitación de parques recreativos, zoológicos, acuarios y áreas protegidas, dentro del Eje 19: Transformaciones en el comercio, la gastronomía y los servicios.
Licitar a empresas estatales, extranjeras, privadas y cooperativas parques recreativos, zoológicos, acuarios, áreas protegidas y unidades de alojamiento, fijando las condiciones para su explotación, incluyendo porcientos de ventas en pesos y en divisas.