Se podrán constituir agencias de viajes bajo tres nuevas modalidades: empresa mixta, empresa 100% extranjera, o formas de gestión no estatal, todas antes reservadas al Estado.
Autorizar la constitución de agencias de viajes a empresas mixtas, 100 % extranjera, así como a formas de gestión no estatal.
La Transformación 141 forma parte del Eje 17 — Transformaciones en el sector del turismo — del paquete de 178 medidas aprobado por el Gobierno de Cuba en junio de 2026. Esta medida genera oportunidades directas de inversión en Cuba y afecta directamente a inversores nacionales y extranjeros, empresarios de la diáspora cubana y fondos de capital privado. Su nivel de impacto ha sido catalogado como alto impacto para la inversión extranjera y el sector empresarial privado.
El impacto de esta transformación es significativo. En el contexto de la economía cubana, implica un cambio estructural en el sector de agencias de viaje, abriendo posibilidades que anteriormente estaban restringidas o requerían procesos administrativos complejos. Para quienes buscan oportunidades de inversión o de negocio en Cuba, esta medida representa un punto de entrada relevante que conviene analizar en profundidad.
Desde una perspectiva comparada, Cuba se alinea con esta medida a procesos similares de apertura económica observados en otros países de la región. La implementación exitosa dependerá de la velocidad con que se desarrollen los reglamentos y decretos complementarios, así como de la capacidad del sistema institucional cubano para ejecutar los cambios en el sector de agencias de viaje sin interrumpir la actividad económica en curso.
Agencias de viaje privadas y con capital extranjero en Cuba. Touroperadores especializados en el destino Cuba.
Esta transformación pertenece al Eje 17: Transformaciones en el sector del turismo, uno de los 23 ejes temáticos del paquete de reformas económicas y sociales aprobado por el Gobierno de Cuba en junio de 2026. El Eje 17 comprende las transformaciones 133-145.
Sector: Agencias de viaje
Categoría: Inversión
Palabras clave: agencias de viaje privadas, empresa mixta, 100% extranjera, turismo, operadores turísticos
Sí. Las reformas cubanas de 2026 incluyen explícitamente a cubanos residentes en el exterior como actores económicos elegibles. La Transformación 141, relacionada con agencias de viajes privadas, mixtas y 100% extranjeras, contempla la participación de personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras, lo que incluye a la diáspora cubana con capacidad de inversión.
El paquete de 178 transformaciones aprobado en junio de 2026 busca fortalecer la seguridad jurídica para inversores. En el caso específico del sector de agencias de viaje, la Transformación 141 establece un marco normativo que debe complementarse con los decretos de implementación. Se recomienda asesoría legal especializada en derecho cubano.
Las 178 transformaciones económicas y sociales fueron aprobadas en junio de 2026 por el Gobierno de Cuba. Su implementación es progresiva y requiere el desarrollo de reglamentos específicos por parte de los organismos competentes. La Transformación 141 sobre agencias de viajes privadas, mixtas y 100% extranjeras entra en vigor conforme se emitan los instrumentos legales complementarios.