Se aplicará un impuesto —físico o financiero, según el caso— de hasta un 1% sobre la importación de combustibles.
Aplicar un impuesto físico o financiero, hasta un 1%, a la importación de combustibles.
La Transformación 56 forma parte del Eje 6 — Transformaciones en el sector energético — del paquete de 178 medidas aprobado por el Gobierno de Cuba en junio de 2026. Esta medida modifica la carga fiscal y los incentivos económicos y afecta directamente a contribuyentes, empresas y la administración tributaria. Su nivel de impacto ha sido catalogado como medio impacto para la inversión extranjera y el sector empresarial privado.
El impacto de esta medida es moderado pero consistente con la dirección general de las reformas cubanas de 2026. En el sector de fiscalidad energética, esta transformación simplifica procesos existentes y amplía márgenes de acción para los actores económicos, sin representar un cambio radical en el marco legal vigente.
Desde una perspectiva comparada, Cuba se alinea con esta medida a procesos similares de apertura económica observados en otros países de la región. La implementación exitosa dependerá de la velocidad con que se desarrollen los reglamentos y decretos complementarios, así como de la capacidad del sistema institucional cubano para ejecutar los cambios en el sector de fiscalidad energética sin interrumpir la actividad económica en curso.
Esta transformación pertenece al Eje 6: Transformaciones en el sector energético, uno de los 23 ejes temáticos del paquete de reformas económicas y sociales aprobado por el Gobierno de Cuba en junio de 2026. El Eje 6 comprende las transformaciones 52-57.
Sector: Fiscalidad energética
Categoría: Fiscal
Palabras clave: impuesto combustibles, importación de combustibles, fiscalidad energética, ingresos fiscales, regulación
La Transformación 56 sobre impuesto a la importación de combustibles modifica el tratamiento fiscal en el sector de fiscalidad energética. El paquete de reformas cubanas de 2026 busca equilibrar la recaudación con incentivos al crecimiento económico. Para conocer el impacto específico en su situación, consulte los decretos de implementación emitidos por la ONAT (Oficina Nacional de Administración Tributaria).
El paquete de 178 transformaciones incluye múltiples incentivos fiscales, entre ellos reducciones del Impuesto sobre Utilidades, períodos de gracia, depreciación acelerada y bonificaciones por ventas bancarizadas. La Transformación 56, específica del sector de fiscalidad energética, debe analizarse en conjunto con las demás medidas del Eje 6 para una visión completa.
La implementación de las medidas tributarias del paquete de 2026 es gradual. La Transformación 56 sobre impuesto a la importación de combustibles entra en vigor conforme se emitan las resoluciones complementarias del Ministerio de Finanzas y Precios y la ONAT. Se estima que las principales medidas fiscales se implementen durante el segundo semestre de 2026.