El uso del dólar (u otras divisas) en operaciones entre empresas y comerciales se amplía respecto al esquema actual de dolarización parcial de la economía.
Ampliar el alcance de la dolarización parcial de la economía en las operaciones interempresariales y comerciales, acorde a la situación actual.
La Transformación 131 forma parte del Eje 16 — Alcance de la dolarización parcial de la economía — del paquete de 178 medidas aprobado por el Gobierno de Cuba en junio de 2026. Esta medida transforma la operativa del tejido empresarial cubano y afecta directamente a empresas estatales, mipyme, cooperativas y trabajadores por cuenta propia. Su nivel de impacto ha sido catalogado como alto impacto para la inversión extranjera y el sector empresarial privado.
El impacto de esta transformación es significativo. En el contexto de la economía cubana, implica un cambio estructural en el sector de dolarización parcial, abriendo posibilidades que anteriormente estaban restringidas o requerían procesos administrativos complejos. Para quienes buscan oportunidades de inversión o de negocio en Cuba, esta medida representa un punto de entrada relevante que conviene analizar en profundidad.
Desde una perspectiva comparada, Cuba se alinea con esta medida a procesos similares de apertura económica observados en otros países de la región. La implementación exitosa dependerá de la velocidad con que se desarrollen los reglamentos y decretos complementarios, así como de la capacidad del sistema institucional cubano para ejecutar los cambios en el sector de dolarización parcial sin interrumpir la actividad económica en curso.
Mayor flexibilidad para empresas cubanas en sus transacciones comerciales en divisas.
Esta transformación pertenece al Eje 16: Alcance de la dolarización parcial de la economía, uno de los 23 ejes temáticos del paquete de reformas económicas y sociales aprobado por el Gobierno de Cuba en junio de 2026. El Eje 16 comprende las transformaciones 131-132.
Sector: Dolarización parcial
Categoría: Empresa
Palabras clave: dolarización parcial, operaciones en divisas, empresas cubanas, transacciones comerciales, moneda extranjera
En principio, sí. Una de las premisas centrales del paquete de reformas cubanas de 2026 es aplicar las mismas condiciones a todos los actores económicos. La Transformación 131, vinculada a ampliación de la dolarización parcial en operaciones interempresariales, está diseñada para el sector de dolarización parcial con vocación de aplicación universal, aunque los detalles de implementación pueden variar según la forma jurídica de cada entidad.
Las mipyme son uno de los actores más beneficiados por las reformas de 2026. La Transformación 131 sobre ampliación de la dolarización parcial en operaciones interempresariales en el sector de dolarización parcial abre posibilidades operativas que antes requerían autorizaciones administrativas o estaban directamente prohibidas. Esto reduce la carga regulatoria y amplía el margen de acción de las pequeñas y medianas empresas privadas cubanas.
Depende de la actividad específica. El régimen de 2026 introduce el principio de silencio administrativo positivo para varios trámites, lo que significa que, si el organismo competente no responde en el plazo establecido, la solicitud se considera aprobada. Para el sector de dolarización parcial, se recomienda verificar el reglamento específico de implementación de la Transformación 131.