Plataforma de gestión de transacciones comerciales en divisas entre empresas cubanas: pagos, cobros, conciliación y cumplimiento bajo el nuevo marco de dolarización parcial.
La dolarización parcial en operaciones interempresariales requiere servicios de gestión de pagos en divisas entre empresas cubanas.
La dolarización parcial no es un fenómeno nuevo: comenzó en 2019-2020 con las tiendas en MLC (moneda libremente convertible), y desde entonces tanto empresas estatales como privadas operan cuentas en divisas para transacciones internas. Lo que cambia es el marco normativo: en diciembre de 2025 el Banco Central de Cuba (BCC) publicó un decreto-ley y tres resoluciones (más la Resolución 140/2025 del Ministerio de Economía y Planificación) que sustituyen las cuentas en MLC (privados) y las cuentas de Capacidad de Liquidez o CL (estatales) por un único tipo de 'cuenta real en divisas', abierta en bancos comerciales, a la que puede acceder cualquier actor económico. Cada operación en divisas paga un 'coeficiente de retención' que varía por sector, fijado por la Resolución 140/2025 del MEP, y que en la práctica funciona como un impuesto sobre el ingreso en divisas. El mercado cambiario oficial —la pieza que permitiría comprar y vender divisas a un tipo de cambio determinado por oferta y demanda— seguía sin implementarse al momento de esta investigación. No existe hoy una plataforma privada especializada en pagos y conciliación B2B en divisas: la infraestructura disponible (Transfermóvil y EnZona) está pensada para comercio general, no para flujos interempresariales complejos con múltiples coeficientes de retención.
App oficial de la telefónica estatal ETECSA para pagos móviles vía QR; requiere tarjeta de BANDEC, BPA o Banco Metropolitano. Pensada para pagos generales, no para conciliación de flujos B2B en divisas.
Plataforma de comercio electrónico y pagos que opera junto al Banco Financiero Internacional (BFI); permite a actores estatales y privados cobrar y pagar por QR o tienda virtual, pero funciona como canal de pago general.
El universo de clientes potenciales son las empresas —estatales, mipymes, cooperativas y negocios de inversión extranjera— habilitadas por primera vez a operar cuentas reales en divisas entre sí a partir del paquete normativo de diciembre de 2025 del BCC y la Resolución 140/2025 del MEP. Es un mercado nuevo por definición regulatoria, no por demanda: las operaciones en divisas entre empresas ya existían de facto, pero ahora quedan formalizadas bajo una misma figura de cuenta. El tamaño real del mercado depende de cuánta divisa efectivamente circula en la economía.
No hay margen para operar como banco o casa de cambio: eso permanece bajo control estatal (BPA, BANDEC, Banco Metropolitano) y del futuro mercado cambiario oficial. El espacio viable es una capa de software sobre esa infraestructura: (1) herramienta de conciliación y reporting que ayude a una empresa a rastrear en qué cuenta y bajo qué coeficiente de retención entró cada cobro; (2) facturación electrónica y gestión de cobros/pagos entre empresas que ya operan sobre Transfermóvil o EnZona, simplificando un proceso hoy manual; (3) consultoría de cumplimiento normativo para mipymes que necesitan entender qué operaciones están permitidas bajo un marco reciente y complejo.
Perfil técnico-financiero: alguien con experiencia en fintech o en operaciones bancarias que entienda a fondo la arquitectura de cuentas en divisas, coeficientes de retención y las resoluciones del BCC. La relación con al menos un banco comercial estatal (BANDEC, BPA o Banco Metropolitano) o con ETECSA/BFI es prácticamente obligatoria: cualquier producto de pagos necesita integrarse a esos rieles, dado que no existe banca privada en Cuba.
El paquete normativo de diciembre de 2025 (decreto-ley y tres resoluciones del BCC, más la Resolución 140/2025 del MEP) es la norma vigente para operaciones en divisas entre empresas, y derogó la Resolución 222/2021 del BCC que regulaba las cuentas MLC. Toda cuenta en divisas debe abrirse en un banco comercial estatal —no existen bancos privados en Cuba—, y cada sector tiene su propio coeficiente de retención definido administrativamente. El mercado cambiario oficial, anunciado como la pieza que daría más previsibilidad al sistema, no estaba implementado al momento de esta investigación.
El riesgo central no es de demanda —las empresas cubanas necesitan pagarse entre sí en divisas y hoy lo hacen de forma manual o informal— sino de dependencia total de infraestructura estatal: los rieles de pago son estatales o semi-estatales, y cualquier producto privado de pagos B2B necesita su autorización e integración técnica, sin garantía de acceso a APIs ni de trato no discriminatorio frente a las plataformas ya existentes. A esto se suma un riesgo regulatorio genuino: el marco de diciembre de 2025 es reciente, ha sido descrito por analistas económicos cubanos como una regulación del uso de la divisa que ya circula más que un mecanismo para generar más divisa, y el mercado cambiario oficial seguía pendiente de implementación. Un negocio de pagos B2B construido sobre este marco puede quedar desactualizado con el próximo paquete normativo.
Esta oportunidad surge de la Transformación 131: Ampliación de la dolarización parcial en operaciones interempresariales, dentro del Eje 16: Alcance de la dolarización parcial de la economía.
Ampliar el alcance de la dolarización parcial de la economía en las operaciones interempresariales y comerciales, acorde a la situación actual.